Licencia de armas A
Fuerzas Armadas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Servicio de Vigilancia Aduanera (artículo 114 R.A.).
El Centro de Reconocimientos Médicos Vila-Real gestiona la obtención o revisión de tu Licencia de Armas.
Tipos de licencia:
Se puede disponer de una única licencia de cada clase de arma por titular.
Debes presentarte en el cuartel de la Guardia Civil con tu licencia caducada, el DNI y el certificado médico que te entregamos.
Para obtener o renovar tu licencia solo necesitas el DNI y una fotografía. Puedes traer la fotografía o podemos hacértela en nuestro centro.
Fuerzas Armadas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Servicio de Vigilancia Aduanera (artículo 114 R.A.).
Particulares.
Vigilantes de Seguridad (artº 121 R.A.).
Para Caza mayor. Vigencia: 5 años, debiendo ser visadas bienal y anualmente para los mayores de 60 años y 70 años respectivamente. Armas que ampara: Hasta 5 armas de la 2ª.2., categoría Otras consideraciones: debes guardar tu arma o armas de forma segura en tu domicilio en una caja fuerte o cámara acorazada (Resolución de la DGGC, de 26/11/98), o en locales de empresas o entidades especializadas en la custodia de armas (artº 100 R.A.).
Para Caza menor. Vigencia: 5 años. debiendo ser visadas bienal y anualmente para los mayores de 60 años y 70 años respectivamente. Armas que ampara: Según categoría llegando a una cantidad total máxima de 12 armas.
Para socios de las Federaciones deportivas. Vigencia: 3 años.
Particulares.
Menores (de 14 a 18 años)